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En esta convocatoria se ha destinado una cuantía máxima de 685.000 euros en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020 y con cargo al presupuesto del FEADER (53%), al presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de Aragón (28%) y al presupuesto de gastos del MAPA (19%). La cuantía por individuo de la subvención se determinará según los criterios de valoración establecidos en la orden y recibirá un porcentaje determinado de subvención, siendo el importe máximo de 300.000 euros por entidad beneficiaria y año.

La convocatoria ya está abierta y los interesados podrán presentar sus solicitudes en un plazo de un mes a través de los registros electrónicos de la Administración. 

El objetivo por el que la Dirección de Promoción e Innovación Agroalimentaria pone en marcha esta ayuda es conferir valor añadido a los productos que cuentan con figuras de calidad diferenciada y conseguir mejoras en sus posibilidades de comercialización aumentando la rentabilidad de las explotaciones y reforzando el tejido productivo en el ámbito rural. 

Las diferentes figuras de calidad diferenciada en Aragón son las Denominaciones de Origen Protegidas (D.O.P), la Indicación Geográfica Protegida (I.G.P), la marca C´alial, la producción integrada, la agricultura ecológica y la artesanía alimentaria.  

Las entidades beneficiaras de la ayuda pueden ser los grupos de productores que desarrollan actividades de información y promoción, sea cual sea la forma jurídica, compuestos por agentes que participen en alguno de los programas de calidad diferenciada contemplados.

Las actividades que ampara la subvención tendrán como objetivo inducir a las personas consumidoras a adquirir los productos cubiertos por los regímenes de calidad implicados debiendo resaltar las características específicas de los productos, especialmente la calidad, los métodos de producción, las normas de bienestar de los animales y el respeto del medio ambiente. Por otra parte, se excluyen las actividades relacionadas con nombres de marcas comerciales o las ya realizadas antes de la fecha de presentación de solicitudes.

Los gastos subvencionables de estas actividades se corresponderán con gastos derivados de la participación en ferias y exposiciones, publicidad en medios de comunicación, soportes publicitarios y puntos de venta, promoción o publicidad mediante la utilización de tecnologías de la información y la comunicación (TIC), realización de estudios de mercado y de evaluación de impacto, misiones comerciales en la Unión Europea, y preparación de campañas o jornadas informativas relativas al producto y al régimen de calidad que lo ampara.

 

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