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El Programa de Desarrollo Rural de Aragón, a través de su medida relativa a los Regímenes de calidad y productos agrícolas (M3) fomenta la participación de agricultores y ganaderos en los regímenes de calidad diferenciada.

El BOA de este martes 16 de abril, también hace pública una convocatoria de subvenciones destinadas a apoyar la participación en regímenes de calidad para el año 2019. El Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, a través de la Dirección General de Alimentación y Fomento Agroalimentario, convoca 59.574,00€, con cargo a las siguientes partidas presupuestarias: 31.574,00€ del presupuesto del FEADER y 28.000,00€ del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La finalidad de la subvención, también enmarcada en el PDR 2014-2020, es conceder un valor añadido a los productos obtenidos en las explotaciones agrícolas y ganaderas a través de la participación de sus titulares en alguno de los regímenes de calidad de la Comunidad Autónoma, mejorando así las posibilidades de comercialización y aumentando la rentabilidad de las explotaciones.

Podrán ser beneficiarios de la subvención, los agricultores, ganaderos y agrupaciones de agricultores y/o ganaderos que participen por primera vez, siempre que se den de alta en el régimen de calidad correspondiente con posterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda y aquellos que la solicitaron en los años 2016-2017-2018 y su solicitud fue estimada por lo que este sería su segundo, tercer o cuarto año de pago; en cualquiera de los regímenes de calidad siguientes:

  • Denominación de Origen Protegida (DOP) «Jamón de Teruel»/»Paleta de Teruel».
  • DOP «Aceite del Bajo Aragón».
  • DOP «Melocotón de Calanda».
  • DOP «Aceite Sierra del Moncayo».
  • DOP «Cebolla Fuentes de Ebro».
  • Indicación Geográfica Protegida (IGP) «Ternasco de Aragón».
  • DOP «Cariñena».
  • DOP «Campo de Borja».
  • DOP «Somontano».
  • DOP «Calatayud».
  • IGP «Valle del Cinca».
  • IGP «Bajo Aragón».
  • ll) IGP «Ribera del Gállego-Cinco Villas».
  • IGP «Ribera del Jiloca».
  • IGP «Valdejalón».
  • Producción ecológica.

Los agricultores beneficiarios deberán cumplir la condición de agricultor activo conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del reglamento (UE) n.º 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 y en el capítulo I del Titulo II del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará siguiendo el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.

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